LA MENTIRA DE LA EUTANASIA
ESCRITO SOBRE LA LEY DE EUTANASIA DIRIGIDO
AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Las Cortes Generales han aprobado -a propuesta del Grupo Socialista- la Ley Orgánica de regulación de la Eutanasia, recurriendo a UN PROCEDIMIENTO PARLAMENTARIO NO ADECUADO, Lo ha hecho como Proposición de Ley y no como Proyecto de Ley como es lo que procedía en ley de tanta trascendencia, para PRESCINDIR del informe del Consejo de Estado, como es preceptivo. Tampoco ha aceptado tener en consideración al Comité de Bioética de España, ni a las organizaciones profesionales de Medicina y Enfermería, Sociedades Profesionales, y del Consejo General del Poder Judicial, Organizaciones Civiles y numerosas sugerencias de especialistas médicos de reconocido prestigio en el tratamiento de enfermos en situación terminal.
Todos los dilemas éticos exigen una reflexión sosegada para llegar a
conclusiones válidas para la inmensa mayoría de afectados. Se hacía necesario,
una amplio y sereno debate suficientemente informado y representado
que no tuvo lugar en tema de tanta importancia.
Se ha venido promoviendo deliberadamente un falso debate social en
los últimos tiempos en campañas presentando casos límites muy
mediáticos ante la opinión pública para justificar la ley de Eutanasia, olvidando el
elevado número de paciente, unos 80.000 que mueren por falta de
Unidades de Cuidados Paliativos.
Se han utilizado igualmente términos equívocos como “derecho
a una muerte digna”, presentando a los defensores de la vida humana,
entre los que se encuentran la inmensa mayoría de la población y de médicos
españoles, como “sectarios”, “retrógrados” e “intransigentes”,
cuando no hay nada más retrógrado que acabar con la vida de los más vulnerables
de la sociedad.
Desde el principio de los tiempos, aliviar el sufrimiento, es una
especial exigencia ética y humanitaria de toda la sociedad, particularmente
de los profesionales de la salud. Lo que la sociedad demanda es que
se dicten leyes que protejan la vida humana, especialmente de las personas más
vulnerables, en estadios avanzados y de las personas con una discapacidad
severa. Estas situaciones exigen un trato acorde con su dignidad, una
asistencia médica y social integral.
Esta ley nos afecta gravemente a todos, pues crea una situación de
inseguridad jurídica sin precedentes para las personas más frágiles.
Lo que la hace profundamente injusta. Las deja sin alternativas, puesto que los
cuidados sociales o las ayudas a la dependencia no llegan a todos ni en tiempo
ni en forma. No aborda la grave situación de pacientes vulnerables. En España,
aproximadamente de 200.000 enfermos que necesitan Cuidados Paliativos, unos 80.000
fallecen al año sin poder acceder a estas Unidades. Para muchos la ley
ofrece, o vivir con sufrimiento, o la muerte. Lamentablemente una parte
importante de la población, no tiene más opciones.
En muchos casos las personas más vulnerables se considerarán una
carga. Es la consecuencia de tomar la calidad de vida cómo
referencia fundamental para mantener la vida, con lo que se entenderá
según la ley de Eutanasia que hay vidas sin valor.
Esta ley considera aptos a los médicos para provocar la muerte a los
pacientes, con la colaboración de enfermería y farmacia.
Con la ley de Eutanasia y el Suicidio Asistido, el médico desempeña
el papel de ejecutor en la eliminación de una persona y como
consecuencia queda rota la relación de confianza tan
necesaria entre el médico y el enfermo, y también con sus
familiares.
En numerosos códigos jurídicos de los grandes países europeos, no se
contempla la ley de Eutanasia, y expertos mundiales como el Profesor Daniel
Callaghan cofundador de la Bioética, llega a definir la Eutanasia y el Suicidio
Médicamente Asistido como “la legitimación del asesinato mutuamente acordado”
La compasión ante el sufrimiento no puede nunca legitimar la eliminación de
la persona que sufre. Ni la autonomía del paciente tiene carácter absoluto para decidir lo que
puede hacer. De ello hay ejemplos múltiples en cualquier legislación.
La ley no trata de aliviar el sufrimiento sino de terminar con la vida de
las personas que sufren sin que se empleen tratamientos específicos como la
sedación correcta y éticamente aplicada.
Con la ley de Eutanasia se ha creado un nuevo derecho subjetivo individual,
matar, que se le niega a muchas personas, ya que no se puede ejercer más que en
un contexto eutanásico, Por otra parte ese derecho a poner fin a la propia vida
no existe, rompiendo todos los principios jurídicos universales y por supuesto
es incompatible con lo que recoge la Constitución Española (artículo 15) y el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Vulnera por tanto varios artículos de la
Constitución. Y además no respeta el principio de Proporcionalidad, ya que
debería haber legislado previamente sobre la Ley de Cuidados Paliativos. Más
aún, lo recoge como una prestación pública, tomando como ejecutor al
médico. Si un facultativo se niega, se pone en la tesitura de denegar un
derecho fundamental. Lo que coloca al médico en una situación de franca
ilegalidad.
La obligación de la inscripción previa en un registro de objetores de
conciencia, impuesta a los profesionales que se oponen a practicar la Eutanasia
y el Suicidio Médicamente Asistido, no es legal ni legítimo. Ya que plantea
serias dudas por posibles repercusiones que podrían darse en la promoción
profesional de los que se oponen a aplicarla. Más objetivo y justo sería que
esa relación para las autoridades sanitarias, se realizara de aquellos
profesionales sanitarios que están a favor de la Eutanasia.
La profesión médica siempre ha estado orientada a tener el máximo respeto
por el paciente, y por tanto, llegado el momento necesario, a curar, y cuando
no es posible, siempre a aliviar, a cuidar.
No podemos esperar de los profesionales de la salud que provoquen
directamente la muerte de ninguna persona, aunque lo pida. Nada hay más
contrario a la Medicina y Enfermería.
El actual Código de Deontología Médico, Capítulo VI, Art 36.3, es rotundo
cuando afirma: “el médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún
paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste”.
Este pronunciamiento es coincidente y ratifica lo expresado, en la reciente
Declaración de la Asociación Médica Mundial (AMM) en su Asamblea anual en
Tiflis, Georgia, celebrada el 27 de octubre de octubre de 2019, en la que
reitera su máximo respeto por la vida humana, oponiéndose firmemente a la
eutanasia y al suicidio con ayuda médica
La ley de la Eutanasia defiende el derecho a morir y lo incluye como una
prestación más dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud,
incluso garantizando su accesibilidad universal y eliminando cualquier retraso
en su ejecución. El médico certificará la eutanasia como muerte natural. Sin
embargo, no existe una Ley de Cuidados Paliativos que posibilite una
alternativa sanitaria que consagre el derecho a vivir sin sufrimiento en las
últimas fases de una enfermedad. La eutanasia no es un acto médico en sentido
estricto.
La solución alternativa a la ley de la Eutanasia está en promulgar una ley
nacional de Cuidados Paliativos, para garantizar el acceso universal a estos
cuidados como parte fundamental de la cartera de servicios del Sistema Nacional
de Salud. Pero en nuestro país no se ha querido apostar por promover los
Cuidados Paliativos. Las cifras comparativas con los países de la Unión Europea
lo ponen de manifiesto. Mientras en estos hay una cifra media de 2 Unidades de
Paliativos por cien mil habitantes, en España es de 0.6.
Asimismo, la propia Ley dice que hay que ofrecer “las prestaciones que
tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia”.
Según datos oficiales del año 2019, la media de tramitación es de 14 meses, y
ese año fallecieron 31.000 pacientes sin recibir ningún tipo de ayuda, más de
85 pacientes al día.
Pero, además, solamente en 22 Facultades de Medicina de 42, se enseña algo
de Cuidados Paliativos y sólo en 6 de estas, hay una asignatura específica de
Cuidados Paliativos y de ellas exclusivamente en 4 existen una Cátedra dotada
con esa denominación. Algo similar ocurre en las Titulaciones del Grado
de Enfermería, en donde sólo en 69 de 112 se imparten enseñanza de Cuidados
Paliativos.
Los Cuidados Paliativos, en concreto la Sedación Paliativa, son incompatibles
con la Ley de Eutanasia y el Suicidio Asistido. Difieren en el objetivo, la
indicación, el procedimiento y el resultado. Los Cuidados Paliativos, y en su
caso la Sedación Paliativa, previenen y alivian el sufrimiento, mientras la
Eutanasia y el Suicidio Médicamente Asistido provocan la muerte. Estos se basan
en la ética de una autonomía sin límites. Los Cuidados Paliativos combinan la
ética de la autonomía con la ética de la vulnerabilidad y de la solidaridad
colectiva.
Los profesionales sanitarios tienen claro, así constan en sus Códigos
Deontológicos, que no son conductas eutanásicas, sino éticamente rechazables el
“ensañamiento u obstinación terapéutica”, cuando se tiene constancia cierta de
que los tratamientos se consideran ya desproporcionados e inútiles para
mantener la vida del paciente. Y es éticamente correcta la llamada
“limitación del esfuerzo terapéutico”, cuando el médico estima que nuevos
tratamientos o pruebas diagnósticas, no se consideran adecuadas y ocasionaría
más molestias que beneficios.
Sólo en 5 países del mundo con democracias avanzadas, y consolidadas, han
despenalizado o legislado sobre la Eutanasia. En el entorno europeo sólo
Holanda, Bélgica y Luxemburgo. La MAYORÍA de los países HAN RECHAZADO esa
despenalización (como Francia), tras un profundo y minucioso estudio (comisión
Leonetti) en el que se destacó el deber del Estado de cuidar y atender a los
pacientes más enfermos, ofreciéndoles toda la ayuda que precisen en su
situación particular. Sólo para casos de sufrimiento extremo se aprobaba la
sedación profunda.
En los países que han despenalizado la eutanasia, la falta de control -a
pesar de pretender garantizarlo- ha llevado a verdaderas "eutanasias no
solicitadas", Resulta imposible valorar la adecuación si una de las partes
ha fallecido. Y, por otra parte, se han ido relajando todas las cautelas
legales contempladas, hasta el extremo de poder solicitar, en determinados
casos, una “Eutanasia casi a la carta”.
ESTA PETICIÓN ES TUYA Y MÍA, NO TIENE COLOR POLÍTICO, LA FIRMAMOS GENTE DE
IZQUIERDAS Y DE DERECHAS, DE CENTRO Y DE CUALQUIER OTRA OPCIÓN, QUE NOS
SENTIMOS UNIDOS EN LOS PROFUNDOS VALORES DE LA ESENCIA MILENARIA DE LAS
PROFESIONES SANITARIAS, Y DE LA CONSTITUCIÓN, Y VAMOS JUNTOS A DEFENDER LA
DIGNIDAD DE CADA UNO Y EL BIEN DE TODOS.
Fdo.:
Salvador González Barón. Catedrático Emérito de Fisiología Humana en
Universidad de Málaga.
Manuel González Barón. Director honorario de la cátedra de Oncologia y
Médicina Paliativa y jefe ( jubilado) del servicio de Oncología Médica del
hospital La Paz . Unv. Autónoma de Madrid .
Manuel García del Río. Profesor Titular de Pediatría . Universidad de
Málaga
Alvaro Gándara del Castillo. Jefe de la Unidad de Cuidados Paliativos del
Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz
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